SCJN analizará requisitos para que comunidades indígenas accedan a fondo federal

por Aser Litigio | Oct 17, 2026 | Noticias | 0 comentarios

ASERLITIGIO A.C. comparte esta información por su relevancia para los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. La información se basa en una nota publicada por La Jornada el 7 de octubre de 2026 y no corresponde a una investigación periodística propia.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un amparo que podría resultar relevante para definir bajo qué condiciones las comunidades indígenas y afromexicanas pueden acceder a recursos federales destinados a infraestructura social, así como el alcance de su derecho a administrarlos directamente.

El asunto corresponde al amparo en revisión 148/2026, promovido por la comunidad nahua de Ahuatitla, San Felipe Orizatlán, Hidalgo, después de haber sido excluida del listado de beneficiarios del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM), coordinado por la Secretaría de Bienestar.

¿Qué analizará la Suprema Corte?

De acuerdo con la información publicada por La Jornada, uno de los puntos centrales será determinar si la autoridad federal puede condicionar el acceso de una comunidad indígena a estos recursos a la acreditación de pobreza extrema o de un grado alto o muy alto de rezago social, aun cuando dicha comunidad se encuentre dentro de una zona de atención prioritaria.

El análisis también permitirá a la Corte pronunciarse sobre la administración directa de recursos públicos por parte de pueblos y comunidades indígenas, un tema estrechamente relacionado con los derechos a la autonomía, la libre determinación y la participación en las decisiones que afectan su desarrollo.

Un criterio que podría tener alcance nacional

Durante la discusión para atraer el asunto, el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, señaló que el caso ofrece la oportunidad de dar mayor claridad a la operación de este fondo, creado en 2025, y al acceso de las comunidades indígenas a recursos públicos.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa recordó que existe un precedente de la extinta Segunda Sala que reconoció el derecho de las comunidades a recibir y administrar directamente recursos, así como la obligación del Ejecutivo federal de instrumentar su entrega mientras no exista una legislación general. Sin embargo, ese criterio no alcanzó la votación necesaria para constituir jurisprudencia.

Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó que el caso también podría precisar el derecho de las comunidades a recibir una explicación debidamente fundada y motivada cuando sean excluidas de programas públicos, además de reforzar la necesidad de aplicar un enfoque intercultural y respetar la consulta y la libre autodeterminación.

¿Por qué importa este asunto?

La resolución que eventualmente emita la Suprema Corte podría establecer un criterio obligatorio sobre la forma en que deben operar los programas públicos dirigidos específicamente a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

El debate no se limita al acceso a un fondo federal: también involucra la relación entre presupuesto público, autonomía comunitaria, igualdad sustantiva y el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas como sujetos de derecho público.

Fuente original: Iván Evair Saldaña, “La Corte analizará requisitos a comunidades indígenas para acceder a fondo federal”, La Jornada, 7 de octubre de 2026.

Consultar la publicación original en La Jornada.

Texto por Aser Litigio

Escrito por: Lic. Jose Pablo Antonio

 

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